Actividades Complementarias

Los créditos de las actividades complementarias, deberán ser autorizadas por la Junta Académica previamente. Para ello, se establecen los siguientes criterios de ponderación de los créditos:

Criterio

Créditos

Asistencia a Congreso Nacional

5

Asistencia a Congreso Internacional

1

Ponencia en Congreso Nacional

1

Ponencia en Congreso Internacional

2

Artículo arbitrado Nacional

2

Artículo arbitrado Internacional

3

Artículo indizado nacional

4

Artículo indizado internacional

8

Capítulos de libro

2

Autor de libro relacionado con su investigación

8

Impartir cursos, seminarios sobre el tema de investigación o área de especialización (máximo dos cursos)

2

Las actividades complementarias serán registradas por el Coordinador del Programa ante la Coordinación de Control Escolar una vez obtenido el visto bueno de la Junta Académica con el oficio de acreditación del Director de tesis.